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26 ene. 2007

Análisis económico de la pena de muerte Por Saki Bigio

Supongamos que se promulga una nueva ley que impone la pena máxima a los violadores y asesinos. Siendo generosos con la política adoptada, supongamos que la mayoría de ellos reacciona ante la nueva ley dajando de cometer el delito. Pongámonos en el escenario de que para al menos a uno, entre los cientos de violadores, la pena de muerte no logra disuadirlo de evitar su crimen. Luego de haber cometido el crimen, el victimario está en condiciones de asesinar a su víctima y en estas intancias sí es racional.

Caso A: (sin pena de muerte)

El victimario sabe que ya cometió el crimen y tienen un probabilidad p de ser encontrado y ser sentenciado a T años de prision. Si asesina a su víctima la probabilidad de ser encontrado es sólo una fracción de p., supongamos l0% de p (el número no interesa); pero si es hallado culpable, la pena sería de, supongamos, 3T años.

Entonces, el victimario se enfrenta a un dilema: reducir las probabilidades de ser hallado con el costo de incrementar la pena de ser encontrado.

Caso B: (con pena de muerte)

El victimario sabe que ya cometió el crimen y tienen un probabilidad p de ser encontrado y ser sentenciado a muerte. Si asesina a su víctima la probabilidad de ser encontrado es sólo una fracción de p., supongamos l0% de p (el número no interesa); pero si es hallado culpable, la pena sería la misma.

No hay dilema alguno para el victimario, a menos que realmente le apene asesinar a su víctima (algo poco probable).

Se me ocurre que de los 400 casos de violación en el Peru, en el mejor de los casos, 380 serían disuadidos por la imposición de la pena de muerte. De los 20 restantes, asumamos que a 5 se ponen en una situación racional y sólo 1 toma la decisión, ahora sí racional y descorazonada de asesinar a la víctima. Haga usted las cuentas que quiera. Quédese, si lo considera, con un pequeño incremento en la probabilidad de que esa víctima sea asesinada.

En cualquier caso, la pena de muerte no resiste análisis lógico alguno. No es necesario remitirse a los múltiples de estudios hechos en EE.UU. que comparan la criminalidad entre estados que tienen y estados que no tienen la pena de muerte. La proporcionalidad de la ley tienen una lógica, que data desde hace miles de años. Si no fuera así, el principio del código de Hamurabi sería "vida por ojo, vida por diente".

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