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20 mar. 2008

Universidad del Pacífico: no hubo "junta fantasma" Por Silvio Rendon

En relación a este post y este otro me han llegado algunos emails (1) señalando que la supuesta "junta fantasma" en la Universidad del Pacífico es un tema que ya fue aclarado en Asamblea Universitaria del mes pasado. En tal sentido quisiera en este post resaltar el siguiente
Pronunciamiento de la Representación Estudiantil de la Universidad del Pacífico (REUP).
y más aún esta explicación:
El cambio de estatuto promovido por FOZ en la UP se logró en una asamblea universitaria que se aprobó por mayoría calificada, encargándosele su inscripción en Registros Públicos. Posteriormente hubo otra asamblea universitaria donde se cambiaron algunos representantes de los estamentos y luego de ello Registros Públicos observó la inscripción por observaciones meramente formales: que en el estatuto no se había registrado explícitamente que se acogían al Decreto Legislativo 882 (que estaba registrado en el acta de la asamblea universitaria pero no en el estatuto) y que los quórums debían recoger lo establecido en el Código Civil para estos casos (lo cual es obvio, ningún estatuto de ninguna asociación podría dejar de hacerlo porque sus acuerdos serían impugnables). La figura usual para cambios formales es que se reabra el acta, para no demorar hasta la siguiente asamblea, para recién modificar los estatutos según lo que ha pedido Registros Públicos y volver a intentar la inscripción. Una universidad no puede funcionar sin estatutos claros. Como ya se había producido una Asamblea Universitaria en la que se habían cambiado los representantes de algunos estamentos, no se podía reabrir el acta de la asamblea donde se discutió el cambio de estatutos, porque algunos representantes que estuvieron presentes en dicha asamblea ya no tenían poder de representación, sino se tenía que reabrir el acta de la asamblea previa a la notificación de las observaciones de Registros Públicos, en la que no se discutió el cambio de estatutos, porque ya se había discutido y aprobado por mayoría calificada en la anterior. Es de esa formalidad que se valen en Océano de Mercurio (que ni siquiera se sabe quién es quien publica la página) para calificar la asamblea en que se reabre el acta como “fantasma”, arguyendo que, como no se discutió el estatuto, no se podría haber discutido los cambios solicitados por Registros Públicos. Todo esto, además, se enmarca dentro de una campaña anónima que busca decir que se quiere hacer que la universidad se vuelva una empresa para que luego sea tomada por el Banco de Crédito, que no tiene ni pies ni cabeza. El DL 882 permite las universidades-empresa, como la UPC y San Ignacio de Loyola, pero no es sólo para universidades empresa. La ventaja que tiene sobre la Ley Universitaria 23733, que creo que es de principios de los ochenta, es que te permite mayor flexibilidad en el estatuto, flexibilidad que es necesaria para gestionar mejor la universidad. Varios rectores de universidades públicas están buscando una nueva ley universitaria por ese motivo, porque les impone un corset muy difícil para introducir mejoras. La UP, al ser privada, podía optar por regirse por una u otra ley, y optó (en asamblea universitaria convocada con todas las de la ley y por mayoría calificada) regirse por el DL 882, manteniéndose como asociación civil sin fines de lucro e incorporando incluso nuevos estamentos dentro de las diferentes instancias).
Claro, puedo ver que haya quienes discrepen con este cambio de normatividad en la universidad. El modelo de universidad es algo que siempre está sujeto a debate. Sin embargo, no es para nada fiel a los hechos decir que este cambio no estuvo respaldado por un mandato claro de la comunidad universitaria. En cualquier caso, quien tenga algo en contra debería ser capaz de articular una idea en forma pública, cosa que no parece haberse visto. Quedarse en la supuesta "junta fantasma" alienta la comidilla y el desprestigio de los participantes en la asamblea universitaria, pero no se condice con un debate serio sobre cómo debe funcionar una universidad para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

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(1) Mantendré en reserva la identidad de las personas que me hacen llegar esta información, pero sólo diré que las conozco y su palabra me merece la mayor credibilidad.

Actualización: Andrés Paredes ofrece en este post una respuesta a lo expresado en el presente e insiste en los cuestionamientos al cambio de normatividad en la UP. Además, una fuente, igualmente creíble, me hace llegar un material que cuestiona la versión oficial sobre el procedimiento de cambio de normatividad. Parece que el tema está aclarado, pero no para todos...

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